Fiscalidad y derecho

El IVA al vender contenido digital en Europa

La ventanilla única OSS, explicada sin jerga: quién debe declarar, a partir de cuándo, y qué puede gestionar la plataforma en tu lugar.

La redacción · 14 août 2026 · 9 min de lectura

Vender una suscripción a un lector alemán desde Bélgica genera una obligación fiscal alemana. Es la norma desde 2015 para los servicios digitales, y todavía sorprende a la mayoría de los creadores que empiezan.

El principio: el IVA sigue al comprador

Para un servicio prestado por vía electrónica a un particular, el IVA debido es el del país de residencia del comprador, no el del vendedor. Una misma suscripción de 12 € genera por tanto un importe neto distinto según si el comprador está en Berlín, Madrid o Luxemburgo.

De 12 € con impuestos incluidos, lo que queda sin impuestos según el país
Luxemburgo 17 %1 026 c
Alemania 19 %1 008 c
Francia 20 %1 000 c
Bélgica 21 %992 c
Italia 22 %984 c

El umbral de 10.000 €

Por debajo de 10.000 € de ventas transfronterizas al año, se puede aplicar el IVA del propio país. Por encima, se impone la regla del país del comprador. El umbral se alcanza más rápido de lo que se cree: bastan 105 miembros a 8 € al mes.

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Rellenar una declaración OSS trimestral, de principio a fin

La ventanilla única, en la práctica

  1. Un único registro en tu país de establecimiento.
  2. Una declaración trimestral que agrupa todos los países de la UE.
  3. Un único pago a tu administración, que redistribuye.
  4. Ninguna inscripción en el extranjero.

La verdadera pregunta que hay que hacerle a una plataforma no es «¿gestionáis el IVA?» sino «¿me facilitáis los datos desglosados por país y por tipo, exportables, en caso de inspección?»

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